Nada, ni nos importan las visitas de esta web, ni usamos cookes ni te hacemos seguimiento. No queremos saber nada de ti, solo te queremos en la manifestación del 1 de septiembre de 2024.
Estamos cansados de votar a unos «representantes» que luego no representan al pueblo. Si por algo están donde están es porque el pueblo los ha elegido por una serie de puntos en su proyecto. La ausencia de obligación a cumplir nada, y en (muchas) ocasiones hacer lo contrario, automáticamente queda el pueblo sin representación real.
La mentira ha llegado a convertirse en un cambio de opinión, pero lo que tenemos aquí realmente son mentirosos con poder, y por lo tanto la metinra los convierte en personas que inclumplen su palabra. Dados los múltiples cambios de opinión (Dadas las múltiples mentiras) el pueblo se ve obligado a elegir nuevos representantes que tengan claras su ideas y su proyecto para el pueblo.
La persona puede hacer con su dinero lo que quiera, incluso comprar un casoplón o un palacete. Lo que no se puede permitir es usar los recursos que pagamos todos los contribuyentes para uso personal o para encubrir cualquier otro asunto que se quiera ocultar. Los usos de los recursos del estado son para el pueblo, y no para ocultar asuntos de aquellos representantes del poder.
La transparencia debe ser nuestra bandera, ocultar el malgasto del dinero público o el desvio de este a amigos o familiares sin un control, debe ser penado, y debe ser perseguido. El pueblo trabaja para el pueblo, no para sus representantes y los familiares o amigos de éstos.
El pasado es el pasado y nuestro presente es la unión. Somos ESPAÑA a pesar de lo que le pese a quien quiera. Si no quieren pertenecer a España, el pueblo español que quiere y paga sus impuestos para España, no te obliga a quedarte en España. Eres libre de irte. Igual no queremos inmigración sin control, si vienes a España ilegalmente y sin ningún proyecto, te animamos a seguir a otro país o te mandaremos de vuelta. La multiculturalidad es buena, y la mezcla nos hace más fuerte, pero España necesita que entiendas que si te quedas tienes que pagar tus impuestos como todos los demás y ganarte las ayudas como cualquier otra persona en España.
Todo aquel grupo de protección que se encargue de la seguridad de España debe trabajar unido por y para el pueblo. No necesitamos enemigos en casa ni grupos que se enfrenten entre ellos. Las personas encargadas de la protección y seguridad deben hacer caso a la ley y sobre todo unirse al pueblo cuando la ley no es justa. La ley está para cumplirla y el pueblo necesita la protección, aquel que no cumpla la ley debe atajar sus consecuencias, pero aquellos grupos encargados de proteger al pueblo no deben su servicio a las personas que no están haciendo lo correcto, sino al propio pueblo.
Iniciaremos la marcha en la plaza del Prado de San Sebastian a las 19:00h y caminaremos pacíficamente hasta Plaza Nueva, frente al Ayuntamiento de Sevilla.
Requisitos establecidos legalmente para comunicar las manifestaciones y concentraciones
Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica 9/1983 de 15 de julio, reguladora del Derecho de Reunión, “la celebración de reuniones en lugares de tránsito público y de manifestaciones deberán ser comunicadas por escrito a la Autoridad Gubernativa correspondiente por los organizadores o promotores de aquéllas, con una antelación de diez días naturales, como mínimo y treinta como máximo”, además, «cuando existan causas extraordinarias y graves que justifiquen la urgencia de la convocatoria y celebración de reuniones en lugares de tránsito público o manifestaciones, la comunicación, […] podrá hacerse con una antelación mínima de 24 horas».
» El derecho de reunión está reconocido en el artículo 21 de la Constitución española, que reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas sin necesidad de autorización previa.
» La Ley Orgánica 9/1983 de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión, ajusta este derecho a la Constitución eliminando el sistema preventivo de autorizaciones. En relación a las reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se exige la comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundades de alteración de orden público con peligro para personas o bienes, siguiendo de esta forma las normas recogidas en el artículo 21 de la Constitución.
» Este procedimiento facilita el envío de comunicaciones sobre el Derecho de Reunión a las Autoridades Gubernativas correspondientes, quedando registradas y pudiéndose consultar el estado de su tramitación desde su procedimiento correspondiente.
© Ningún derecho reservado. Esta página web es del pueblo y para el pueblo.
Nada, ni nos importan las visitas de esta web, ni usamos cookes ni te hacemos seguimiento. No queremos saber nada de ti, solo te queremos en la manifestación del 1 de septiembre de 2024.
Las cookies estrictamente necesarias tiene que activarse siempre para que podamos guardar tus preferencias de ajustes de cookies.
Si desactivas esta cookie no podremos guardar tus preferencias. Esto significa que cada vez que visites esta web tendrás que activar o desactivar las cookies de nuevo.